Los sentimientos de la
nación escrito por el general José María Morelos y pavón, en donde se
manifestaba varios puntos importantes que tendría que tener México ya sin estar
sometido a la corona española, comparando este documento, en esta ocasión con
la declaración de los derechos del hombre y ciudadano de 1889 en Francia, que
realizando nuestra primera comparación ambos documentos fueron promulgados como
unas especies de nuevos reglamentos al quedar ambos países liberados de
gobiernos en ocasiones despóticos y autoritarios que ignoraban el bien de los
ciudadanos en forma general, en primera instancia México que de la mano de Miguel hidalgo e Ignacio allende entre otros personajes iniciaron el proceso de
independencia de México, liberando a este de todas las desigualdades existentes
en donde las distintas razas que fueran españoles o en ocasiones criollos, eran
tratados de una forma un tanto denigrante sin mencionar que no se les permitía
la ocupación de puestos de relevancia dentro de la nueva España así como los
distintos abusos de los encomenderos en el pago de los tributos.
En Francia la promulgación
de los derechos del hombre y el ciudadano se dio de la misma manera que en México,
en donde el hartazgo de los habitantes de Francia por el régimen de un rey como
Luis XVI era ya en grandes magnitudes ya que estos tenían hambre y si de una
forma literal donde las personas ya robaban pan y cuando esto sucede nos da la
idea de lo enorme del problema, de esta forma fue como el pueblo francés se levantó
contra su clase dominante, realizando decapitaciones a todo aquel miembro de la
autoridad en varias ocasiones, entonces comparando con el caso de México ambos
surgieron por la liberación de estos países de sus respectivos gobiernos como
ya mencionábamos
Los sentimientos de la
nación que en teoría expresa como su nombre lo dice el sentir de la nación,
dicho documento cuenta con 23 artículos, mientras que los derechos del hombre y
el ciudadano cuenta con 17 respectivamente.
Partiendo de un análisis del
primer artículo de los sentimientos de la nación en donde nos dice que México es
libre é independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno ó Monarquía
justamente este es uno de los puntos tocados en los derechos del hombre en
Francia en donde en su artículo 3 nos dice que ningún individuo puede ejercer
autoridad que no emane directamente de la nación, entonces ambas naciones no
buscaban y no querían o estaban hartas de tener un gobierno monárquico en donde
toda la autoridad recayera sobre una persona y de esta forma cuando este fuese corrompido
se olvidaría de los ciudadanos de su nación, en donde uno de los grandes
problemas que existía por este tipo de gobierno en ambos países era la
desigualdad de una forma magnifica, en donde la clase dominante se daba una
vida llena de lujos y derroches de dinero mientras que la clase trabajadora
indios y de más clases en el caso de México y en Francia la clase “normal”
sufrían por grandes carencias donde esta llego al extremo al llegar hacer una
carencia en ambas naciones la comida.
El artículo 3 de los
sentimientos de la nación así como el 13 en los derechos del hombre son
apartados que tienen como tema en común que las aportaciones que se realicen a
sus respectivas instituciones públicas, deben realizarse conforme a las
capacidades económicas que tenga el ciudadano, ya que este fue uno de los
grandes problemas antes de la promulgación de estos documentos por una parte en
la nueva España el pago de tributo a la corona española era excesivo por lo que
afectaba de una manera importante la economía de sus gobernados, el mismo caso
en Francia donde de igual manera en ocasiones pasaba este tipo de situaciones
el cobro de impuestos dejaba en ocasiones sin renta a las personas de ahí que en
su artículo 13 que la contribución debe ser en razón a sus posibilidades siendo
este uno de los puntos destacados, estos artículos o la base de estos todavía
se encuentra vigente en ambos países con el pago de impuestos de los ciudadanos
en donde teóricamente esto se lleva a cabo conforme a su poder económico.
En al artículo 5 y 6 de los
sentimientos de la nación señala que la soberanía imana inmediatamente del
pueblo el cual la deposita a sus gobernantes que están divididos en los distintos poderes correspondientes, en
el caso de Francia el artículo 3 es parecido ya que nos señala que la soberanía
reside esencialmente en la nación y no en un órgano o individuo y estos no
pueden ejercer autoridad si esta no emana de la nación, por lo que ambos
buscaban que el poder lo tuviera la nación y esta fuese la encargada de dárselo
a las autoridades correspondientes, para que de esta forma el poder de la nación
no recayera solo en una parte sino fuese distribuida de forma equitativa, algo
que hasta la actualidad se sigue implementando en ambos países ya que en el
caso de México el poder se divide en tres para de esta forma evitar que se
corrompan alguno de estos y pueda afectar de una manera directa al pueblo, una
situación parecida a la de Francia donde el poder igual se encuentra dividido
donde existe el parlamento por dar un ejemplo una especie de contra peso para
el poder ejecutivo y evitar que este tenga autoridad suprema y se convierta en
una especie de monarca.
Posteriormente los artículos
9 y 10 nos habla del papel que van a jugar los extranjeros en el país en donde
en su artículo 9 nos señala que los empleos serán ocupados por los americanos y
en el 10 que no se admitían extranjeros si estos no son artesanos ni capaces y
libres de sospecha por lo que en este buscan de una manera proteger sus
actividades de los trabajadores extranjeros con base a la experiencia de la
colonia en donde podemos notar cierto rencor por los extranjeros, de igual
manera ayudar a las personas locales a adquirir un trabajo y que estos sean
ganados por foráneos, si llevamos esto a la actualidad la aplicación en México
es mala o no la hay ya que poco a poco la clase gobernante ha entregado recursos
naturales del país a manos privadas extranjeras con esto de igual forma
propicia a que estas empresas traigan en varias ocasiones a sus trabajadores y
no contraten a la población mexicana por poner ejemplo en el caso de la región
del Istmo las empresas eólicas traen en varias ocasiones a trabajadores del
país de origen de la empresa, y además por las políticas implementadas por el
ejecutivo se le otorgan muchas oportunidades empresarios extranjeros,
entregando parte de los bienes del pueblo mexicano. En el caso de Francia los
derechos del hombre no menciona artículos parecidos pero en algunos aspectos
las condiciones son las mismas ya que el capital extranjero en este país está
muy bien afianzado.
En el artículo 11 de los
sentimientos de la nación, nos habla de que hay que reformar el gobierno de México
y echar afuera a los enemigos que le hacen daño a México en este caso los
españoles en donde en los derechos del hombre y el ciudadano podemos retomar el
articulo 3 en donde como México no quiere más a los españoles dentro de sus
territorio porque se pensaba que estos ocasionaban un daño directo en la nación
algo similar se creía en Francia en donde las decapitaciones nos dan una idea
del como pueblo francés estaba harta pero de sus gobernantes y dirigentes hasta
llegar a un punto de querer asesinar a toda la clase dominante, estos puntos de
un cierto desprecio hacia los españoles en el caso de México y a los
gobernantes en Francia ya no son tan relevantes ni evidentemente regulados por
ambas constituciones por lo que en la actualidad podríamos decir que carecen de
cierta validez.
nuestros días con
diversas organizaciones que se encargan de la protección de los derechos
humanos en donde se supone que en estos países existe una libertad para que el
ciudadano pueda realizar lo que crea conveniente con base en las leyes
establecidas.
En términos generales los
documentos promulgados se realizaron con la intención de crear una serie de
puntos cuando ambos territorios quedaran libres de su respectiva monarquía, y
en varios de los puntos que se analizaron coinciden con los del derecho del
hombre y el ciudadano, sin embargo así mismo discrepan en algunos puntos como
el aspecto religioso, sin embargo los diferentes artículos de ambos documentos
teóricamente expresan lo que los ciudadanos de ambas naciones querían en su
momento y he ahí donde radica un punto importante en el análisis, ya que los
ciudadanos empezaron a involucrarse de una manera más directa dentro de su
gobierno y ya no dejando en teoría toda la autoridad a un rey en donde se
supone que la promulgación de ambos documentos fueron en contra de sus
respectivos gobiernos monárquicos.
En una comparación general
los derechos del hombre y el ciudadano parece de alguna manera un documento con
puntos más justos para el pueblo, ya varios de los artículos que toca el
documento nos habla de la libertad que tiene que existir en los ciudadanos, un
tema el anterior muy delicado para la época, mientras que los sentimientos de
la nación trata de sentar las bases para ir construyendo ya un país
independiente, en donde en un sentido muy estricto son situaciones muy
semejantes ya que al fin y al cabo amabas naciones querían ser libres de sus
gobiernos por los abusos que estos tenían hacia sus ciudadanos.
Bibliografia: Jose Maria Morelos y Pavón, sentimientos de la nación
Derechos del hombre y del ciudadano
Luix Laag